Trabajadores subcontratados UCSC manifiestan malas condiciones laborales

En el año 2007, se dicta en Chile la Ley 20.123 que se crea para regular el trabajo bajo el orden de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios, abriendo así la posibilidad a la tercerización de la actividad de una empresa a otra para que realice bajo supervisión las labores necesarias del proceso.

Dentro de esta posible triangulación, existen dos alternativas: la subcontratación laboral y el suministro de trabajadores por la vía de una empresa de trabajo temporal. En ambos casos, la empresa principal se desvincula de la responsabilidad directa de la contratación, formación y gestión de los trabajadores, reduciendo su intervención a la supervisión de la subcontratación y el cumplimiento de los procesos requeridos tanto del personal como de la empresa encargada.

Del mismo modo, la empresa contratista es la encargada de garantizar el cumplimiento de todas las normas laborales y de seguridad laboral por parte de la subcontratista, asegurando así el bienestar de los trabajadores que ejecutan labores bajo su amparo. Además, tiene el derecho de solicitar información y de retener los pagos si no se acreditan los cumplimiento de estos.

Es importante mencionar que, lamentablemente, este tipo de relación trilateral en la contratación permite la existencia de diversos problemas para los trabajadores, tales como incumplimientos de leyes laborales o normas del Código del Trabajo, cotizaciones retrasadas, intermitencia en pagos de sistemas de cotizaciones, libertad sindical y negociación colectiva, entre otros.

Lo anterior, genera un aporte significativo a la precarización del trabajo, provocando en algunos casos una explotación de los trabajadores para conseguir mayores beneficios a nivel empresa.

En ese contexto, el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras UCSC, ha recibido información de personal subcontratado de la Universidad, quienes han manifestado su descontento por las condiciones laborales y las diferencias existentes en salarios y beneficios con el personal contratado directamente.

Actualmente, hay tres empresas subcontratistas en la UCSC, las cuales están relacionadas al personal de aseo, seguridad y jardinería, estas empresas son: Instituto Regional de Administración de Empresas (IRADE), Máxima Servicios y Triviño Medio Ambiente Ltda respectivamente, quienes, según sus empleados, no cumplen con el mínimo de los estándares para la realización de las labores y no existe una preocupación por mejorar las condiciones laborales de los empleados.

Por ello, desde el Sindicato UCSC se hace un llamado a la empresa principal, es decir, a la Universidad a cumplir su rol dentro de esta triangulación laboral, supervisando y exigiendo un análisis de la situación que hoy en día viven los trabajadores subcontratados.  

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