Aprobada y promulgada: Ley 40 horas semanales

El día martes 11 de abril, luego de un largo proceso de discusión por parte del Senado y la Cámara de Diputados y Diputadas, se aprobó en su totalidad el proyecto de ley que establece la reducción de la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales con excepción al sector público, cargo de alta gerencia y trabajadores sin fiscalización superior inmediata.

Esta ley, que busca principalmente permitir a los trabajadores y trabajadoras del país tener más tiempo en familia y de esparcimiento, recibió un total de 127 votos a favor, 14 en contra y 3 abstenciones que la llevaron a ser despachada al Presidente de la República, Gabriel Boric para su promulgación.

En su momento, la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, afirmó que “este es un proyecto que va a construir enormemente nuestra calidad de vida (…) se hace pensando en el bien de Chile. Nos va a hacer bien. Es una muy buena noticia para el país”.

Del mismo modo, la ministra hizo un llamado a la calma por parte de las pymes y enfatizó que desde el Ministerio del Trabajo y Previsión Social “vamos a hacer un acompañamiento en cada región del país para que la reducción de la jornada laboral sea una realidad lo antes posible”.

Del mismo modo, se hizo hincapié respecto a la prohibición de reducir los ingresos de los trabajadores, argumentando que la gradualidad entrega un tiempo adecuado para la adaptación de las empresas.

El camino a la promulgación de la ley 

Presidente Gabriel Boric tras la firma de la promulgación de ley de 40 horas semanales.

 

Tras seis años de discusión, el proyecto presentado en 2017 por la actual ministra de la Secretaría General de Gobierno, Camila Vallejo, y la diputada Karol Cariola, finalmente fue despachado a ley.

Luego de la presentación, el proyecto permaneció en carpeta hasta el año 2019, donde recién en ese entonces fue aprobado por la Cámara de Diputados. Sin embargo, desde ese año siguió sin mayores avances en el Senado.

Por ello, una de las promesas de la candidatura del actual Presidente de Chile, Gabriel Boric, fue la reducción de la jornada laboral a 40 horas laborales mediante el impulso y reactivación del proyecto.

Es así como en agosto del 2022, mediante una serie de medidas e indicaciones, el gobierno promovió el diálogo y la aprobación del proyecto que comenzaría a tomar fuerza en el Congreso y que mediante la gestión de la actual ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara seguiría avanzando.

Finalmente, tras un largo proceso legislativo entre el Senado y la Cámara de Diputadas y Diputados, quienes realizaron modificaciones, análisis y mejoras al proyecto, se aprobó la ley de 40 horas siendo despachada al poder ejecutivo.

Así, la responsabilidad fue dirigida al Presidente Gabriel Boric Font, quién el pasado viernes 14 de abril firmó la promulgación de la Ley 40 horas semanales y la cual se espera que sea publicada en el Diario Oficial el próximo 1 de mayo, Día Internacional de las y los Trabajadores.

Detalles de la Ley 40 horas laborales

La nueva ley se comenzará a implementar de manera gradual reduciendo una hora semanal durante los próximos 5 años, es decir, para el año 2024 se reduce a 44 horas, tres años después de la entrada en vigencia, la jornada laboral se reducirá a 42 horas semanales y para 2028, la jornada laboral se reducirá a 40 horas semanales.

Cabe señalar que las empresas tienen la posibilidad de adelantar la implementación de la reducción de las horas laborales a la semana y además, la ley expresa directamente que no se podrá realizar la disminución de sueldos tras la puesta en marcha.

Otro punto importante corresponde a la posibilidad de pactar con el empleador una distribución de la jornada laboral correspondiente a la modalidad de 4×3, es decir cuatro días de trabajo por tres días de descanso.

De la misma forma, la normativa también establece que el empleador y el trabajador podrán acordar (por escrito) que las horas extra se paguen con días adicionales de feriado, esto con la posibilidad de compensar dichas horas por hasta un total de cinco días feriados. Por otra parte, aquellas jornadas excepcionales que lleguen a 42 horas tendrán derecho a días de descanso anual, compensando la diferencia extra de tiempo.

Respecto a las horas extras, por cada una se obtendrá una hora y media de feriado. En caso de querer usar las horas extra como días feriados adicionales, el trabajador deberá avisar a su empleador con 48 horas de anticipación. Si no solicita los días adicionales, deberá recibir el pago en dinero junto con la remuneración respectiva.

Otros detalles

  • La ley da acceso al derecho de poder convenir un plazo diferido de entrada y salida de hasta 2 horas para madres y padres de menores de 12 años, esto con el fin de poder compartir labores de cuidado.
  • Regula los regímenes especiales, por ejemplo para gente de mar, trabajadoras de casa particular, deportistas profesionales, choferes y auxiliares de servicios de transporte y personal de hoteles, entre otros.
  • Regula las jornadas excepcionales para quienes trabajan con procesos continuos, como por ejemplo la minería.
  • La ley contempla acciones de apoyo específicas para el mundo de las pymes a través de dos servicios técnicos y descentralizados como son el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) y la Dirección del Trabajo.
  • También permite la promediación de jornada; es decir, existirá la posibilidad de acordar con el trabajador que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de hasta cuatro semanas, con un tope máximo de 45 horas semanales. No se podrá superar más de dos semanas las 40 horas y, con ello, se respetará el promedio de 40 horas semanales. Si el trabajador está sindicalizado, se requerirá acuerdo previo con el sindicato.

 

 

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